lunes, 19 de septiembre de 2011

TÍTULO IX - Capítulo 18 : de la disolución del partido

TÍTULO IX
DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO


CAPÍTULO 18 : DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO

Artículo Nº59 .   El Partido se disolverá por acuerdo unánime del Comité Ejecutivo Nacional a propuesta expresa del Presidente del partido.

Artículo Nº60 .   En caso de disolución y concluida la liquidación del Partido, el Comité Ejecutivo Nacional señalará el haber neto  los cuales serán entregados a alguna entidad sin fines de lucro que tenga por objeto la difusión y promoción de la cultura democrática y nacionalista.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA:
Los Afiliados Fundadores son los siguientes: Ollanta Humala Tasso, Nadine Heredia Alarcón, Alexis Marcos Humala Tasso, Angel Custodio Heredia Palomino, Francisco Rojas Farías.

PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA:
Se autoriza al Presidente del Partido a efectuar las modificaciones estatutarias necesarias con la finalidad de absolver las observaciones que haga el Registro de Organizaciojes Políticas (ROP) del Juradfo Nacional de Elecciones.
No existiendo otro puntyo qué tartar, siendo el día 29 de Diciembre del 2009 se culminó con la aprobación del presente estatuto en Asamblea general Nacional de caracter ordinaria suscribiendo en señal de conformidad los representantes de la Asamblea y los miembros de la mesa directiva y del Comité Ejecutivo Nacional.

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