domingo, 16 de octubre de 2011

Según Apoyo, el 62% aprueba gestión Presidencial.

NOTA:  Información extraida de la página:

Clima de Consenso

Un clima de consenso prevalece en la opinión pública. En el campo político, el 65% aprueba la gestión del presidente Ollanta Humala y el 89% de quienes están informados está de acuerdo con el concertado gravamen minero, que la mayoría considera se debería invertir en escuelas y hospitales.
Incluso al Congreso de la República no le va mal. El 62% aprueba la sesión descentralizada que se llevó a cabo en la ciudad de Ica, aunque la mayoría opina que el mejor mecanismo de acercamiento a las provincias en el futuro sería que viaje sólo una delegación.

Entre los motivos por los que aprueban el trabajo del mandatario Ollanta Humala, un 41% resaltó su compromiso con la lucha contra la corrupción.
Otro 41% de los pobladores asegura que Ollanta Humala está realizando un cambio para la mejora del país. La misma cantidad señala que Humala está cumpliendo con lo prometido en su campaña.
El 30% de los que respaldan el gobierno de Ollanta Humala indica que se está preocupando por los pobres y un 26% que está promoviendo la inversión y el empleo




lunes, 19 de septiembre de 2011

TÍTULO IX - Capítulo 18 : de la disolución del partido

TÍTULO IX
DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO


CAPÍTULO 18 : DE LA DISOLUCIÓN DEL PARTIDO

Artículo Nº59 .   El Partido se disolverá por acuerdo unánime del Comité Ejecutivo Nacional a propuesta expresa del Presidente del partido.

Artículo Nº60 .   En caso de disolución y concluida la liquidación del Partido, el Comité Ejecutivo Nacional señalará el haber neto  los cuales serán entregados a alguna entidad sin fines de lucro que tenga por objeto la difusión y promoción de la cultura democrática y nacionalista.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA:
Los Afiliados Fundadores son los siguientes: Ollanta Humala Tasso, Nadine Heredia Alarcón, Alexis Marcos Humala Tasso, Angel Custodio Heredia Palomino, Francisco Rojas Farías.

PRIMERA DISPOSICIÓN TRANSITORIA:
Se autoriza al Presidente del Partido a efectuar las modificaciones estatutarias necesarias con la finalidad de absolver las observaciones que haga el Registro de Organizaciojes Políticas (ROP) del Juradfo Nacional de Elecciones.
No existiendo otro puntyo qué tartar, siendo el día 29 de Diciembre del 2009 se culminó con la aprobación del presente estatuto en Asamblea general Nacional de caracter ordinaria suscribiendo en señal de conformidad los representantes de la Asamblea y los miembros de la mesa directiva y del Comité Ejecutivo Nacional.

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TÍTULO VIII - Capítulo 17 : Del Patrimonio, Recaudación y Financiamiento

TÍTULO VIII
DEL RÉGIMEN PATRIMONIAL Y FINANCIERO

CAPÍTULO 17 : DEL PATRIMONIO, RECAUDACIÓN Y FINANCIAMIENTO



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Capítulo 16 : Infracciones disciplinarias

CAPÍTULO 16 : INFRACCIONES DISCIPLINARIAS


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TÍTULO VII - Capítulo 15 : Normas de disciplina partidaria

TÍTULO VII
RÉGIMEN DISCIPLINARIO


CAPÍTULO 15 : NORMAS DE DISCIPLINA PARTIDARIA






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TÍTULO VI - Capítulo 14 : De los Afiliados

TÍTULO VI
DE LOS AFILIADOS Y SIMPATIZANTES AL PARTIDO

CAPÍTULO 14 : DE LOS AFILIADOS

Artículo 43º .  Tienen la condición de afiliados del Partido, con los derechos y obligaciones correspondientes establecidos en el Estatuto, todos los ciudadanos con derecho al sufragio que cumplan con los requisitos establecidos en estos Estatutos y los lineamientos programáticos y doctrinarios establecidos y aprobados por el Comité ejecutivo Nacional.

Artículo 44º .   Para ser afiliado al Partido nacionalista Peruano, se requiere:
a.   Aceptar de manera libre y voluntaria el ideario, los estatutos y el plan de gobierno del 
       Partido.
b.   Presentar una declaración jurada de no pertenecer a otro partido político.
c.   Presentar su Documento Nacional de Identidad - DNI vigente, adjuntando una copia de 
       este.   Llenar la ficha de afiliación

Artículo 45º .   Los jóvenes menores de 18 años, para afiliarse al Partido deberán contar con la correspondiente autorización escrita de sus padres y someterse a los reglamentos y códigos de la Juventud Nacionalista Peruana.  Igualmente deberá haber concluido exitosamente el curso básico del afiliado de duración aproximada de 6 meses.  Durante ese tiempo, el postulante se incorpora a la actividad juvenil pero no puede elegir ni ser elegido.

Artículo 46º .   El Comite Ejecutivo Nacional convocará a reinscripción nacional en casos específicos o de interes político del Partido, con cargo a dar cuenta ante la Asamblea General Nacional.  Se entenderá que los afiliados no reinscritos han renunciado expresamente al Partido y perderán su calidad de miembros así como todos sus derechos acumulados.

Artículo 47º .    Los  afiliados tienen los siguientes deberes:
a.   Respetar al Partido, a sus dirigentes y a los miembros que lo integran.
b.   Guardar confidencialidad de los acuerdos y deliberaciones de los órganos de 
       representación y gobierno.
c.   Participar activamente en el engrandecimiento del Partido.
d.   Llevar una conducta digna, respetando los principios morales, las buenas costumbres y 
       la Ley.
e.   Cumplir con el Estatuto y todas las demás normas y directivas emanadas del Partido
f.    Desempeñar las tareas que se le encomienden, por los órganos de gobierno y
       representación del Partido con honradez, espíritu de servivio, buena voluntad y con  
       sujeción a la ley.
g.   Pertenecer y participar de las actividades del comité de base territorial y escoger una
       agrupación gremial, sindical, profesional, estudiantil, etc., para su trabajo social.
h.   Contribuir al sostenimiento de los gastos del Partido mediante el pago puntual de las  
       cuotas mensuales que defina el Comité Ejecutivo Nacional mediante directiva nacional.
i.    Responder a la convocatoria de reinscripción, cuando el CEN lo convoque, como un
       acto de reafirmación de su militancia nacionalista, para mantener todos sus derechos
       y deberes dentro de la organización. 

Artículo 48º .    Los afiliados tienen los siguientes derechos:
a.   Participar en la construcción de la línea política del Partido conforme a lo establecido
       en el presente Estatuto.
b.   Participar directamente en todas las actividades del Partido.
c.   Participar con voz y voto en las asmbleas y comisiones a las que pertenezca.
d.   Fiscalizar el cumplimiento de los acuerdos orgánicos y políticos del Partido.
e.   Elegir y ser elegido como dirigente del Partido en las distintas instancias de dirección.
f.    Recibir información, formación, asesoría política y técnica para su mejor desdempeño.
g.   A ser convocado para su defensa, en caso de plantearse medidas disciplinarias en su
       contra y poder apelar a instancias superiores sobre decisiones que le afecten.  Se le
       garantiza el debido proceso.
h.   A ser defendido de acusaciones injustificadas o represión de caracter político, ante
       cualquier instancia y autoridad.
i.    Elegir y ser elegido como representante del Partido en la postulación a diferentes cargos
       públicos previa calificación y de conformidad al procedimiento establecido.
j.    Recibir ayuda solidaria en caso de dificultades.
K.  Retirarse o renunciar al Partido cuando lo crea conveniente mediante
       documento escrito.
l.    Los demás que son propias al respeto de su dignidad y derechos humanos.

Artículo 49º .  El juramento de orden a las directivas de los Comités Departamentales o Regionales, Provinciales, Distritales y de Base, será tomado por el Secretario General respectivo, o por quien este designe en los casos que estime por conveniente.
El Comité Ejecutivo Nacional juramentará ante el Presidente del Partido.

Artículo Nº50 .  La afiliación o desafiliación del Partido es libre y voluntaria,se realiza en cualquier momento.  Ambas se registran en el padrón de afiliados.  Para el caso de  la desafiliación voluntaria esta se formaliza mediante la presentación de un documento escrito dirigido a su comité de base instancia correspondiente, sin necesidad de expresión de causa.

Artículo Nº51 .   La condición de afilado del Partido se pierde o extingue por las siguientes causas:
a.   Desafiliación voluntaria
b.   Expulsión por medida disciplinaria
c.   Desafiliación por abandono de los compromisos establecidos en el presente
       Estatuto, por acuerdo del Comité Ejecutivo Nacional.
d.   Por muerte, declaración de muerte presunta presunta o enfermedad que prive del
       dicernimiento.
e.    Por otras causas que acuerde el Comité Ejecutivo Nacional

Artículo Nº52 .  Son adherentes o simpatizantes del Partido todos los ciudadanos y ciudadanas con derecho al sufragio que se identifican con los aspectos centrales del Ideario, pero que por diversos motivos no se encuentran todavía en disposición de ingresar al partido como afiliados.  Participan y contribuyen en las actividades y campañas políticas del mismo.  Participan en las consultas democráticas que el Partido realice, y pueden participar en las elecciones internas del Partido para ocupar cargos públicos.  El Partido los  mantiene informados, apoya su formación política y recige sus propuestas.  

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